Ya se saben las fechas para que los pensionistas comprendidos en los regímenes administrados por la Oficina de Normalización Previsional ( ONP ) cobren sus pagos en noviembre. Los jubilados recibirán en noviembre sus pensiones mediante abono en cuenta bancaria o, según corresponda, a domicilio, de acuerdo con el cronograma establecido para cada régimen. En el caso del Decreto Ley 19990 , estas son las fechas: Apellidos A-C: viernes 6 de noviembre Apellidos D-L: lunes 9 de noviembre Apellidos M-Q: martes 10 de noviembre Apellidos R-Z: miércoles 11 de noviembre Convenios internacionales (incluye pensionistas de la Ley 27803): viernes 13 de noviembre Inicio del pago a domicilio: lunes 16 de noviembre Fin de pago a domicilio: miércoles 25 de noviembre. Las otras pensiones Mientras, por otro lado, para los otros regímenes de pensiones que paga esta institución, estos se darán en estas fechas: Decreto Ley N° 18846: Abono en cuenta bancaria: Banco de la Nación, BBVA, GNB Perú, Scotiabank, Interbank y Banbif: jueves 12 de noviembre Decreto Ley N° 20530 y pensiones por encargo. Abono en cuenta bancaria: Banco de la Nación, BBVA, GNB Perú, Scotiabank, Interbank y Banbif: jueves 12 de noviembre Ley N° 30003 pensionistas pesqueros: Abono en cuenta bancaria - Banco de la Nación, BBVA, GNB Perú, Scotiabank, Interbank y Banbif: jueves 12 de noviembre Ley N° 26790 – pensionistas del seguro complementario de trabajo de riesgo: Abono en cuenta bancaria - Banco de la Nación (cobertura supletoria, fondo minero y reaseguro), BBVA, GNB Perú, Scotiabank, Interbank y Banbif: jueves 12 de noviembre. Se debe recordar que para todos estos el pago a domicilio se dará del miércoles 19 al martes 25 de noviembre. ¿Cuándo pagan a los del decreto 20530? También se debe resaltar que aún hay trabajadores que reciben sus pensiones a través de otras entidades. Como se sabe, los del decreto 20530 pasarán progresivamente a la ONP . Mientras, cobran en estas fechas: Educación (incluye Universidades), Presidencia del Consejo de Ministros, Transportes y Comunicaciones, Defensa, Poder Judicial, Ministerio Público, Economía y Finanzas, Justicia, Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras, Contraloría General de la República, Congreso de la República, Agrario y de Riego, Energía y Minas: jueves 12 de noviembre Interior, Desarrollo e Inclusión Social, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Defensoría del Pueblo, Relaciones Exteriores: viernes 13 de noviembre Salud, Mujer y Poblaciones Vulnerables, Cultura, Ambiental, Trabajo y Promoción del Empleo, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil: lunes 16 de noviembre Producción, Comercio Exterior y Turismo, Oficina Nacional de Procesos Electorales, Junta Nacional de Justicia, Jurado Nacional de Elecciones, Tribunal Constitucional: martes 17 de noviembre. Sobre la pensión mínima Debes saber que la ONP te asegurará una pensión mínima. Y no solo será para los aportantes de la ONP, sino también para los afiliados de las AFP. Así son los montos: Pensión mínima de S/600: Tener 240 unidades de aportes, o 20 años de aportes para los de la ONP Pensión mínima de S/400: Entre ciento ochenta (180) UdA y menos de doscientos cuarenta (240) UdA o, su equivalente a quince (15) años y menos de veinte (20) años Pensión mínima de S/300: Entre ciento veinte (120) UdA y menos de ciento ochenta (180) UdA o, su equivalente a diez (10) años y menos de quince (15) años. Lo nuevo que trae la reforma de pensiones Como se sabe, la Ley 32123 ( Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano ) fue promulgada el 24 de setiembre del 2024, pero sus principales cambios empiezan a regir de forma progresiva en las siguientes fechas clave: 1 de enero del 2027: inicia el aporte del 1% del IGV por consumo (al solicitar boleta electrónica) destinado al fondo previsional personal (con un tope de 8 UIT al año) 1 de junio del 2027: inicia la afiliación universal obligatoria para jóvenes desde los 18 años y el plazo para la afiliación de mayores de 18 años sin sistema previsional 1 de junio del 2027: entra en vigencia el libre traspaso entre sistemas (de una AFP a la ONP o viceversa).
También se debe resaltar que aún hay trabajadores que reciben sus pensiones a través de otras entidades. Como se sabe, l




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