Quienes depositen $1 millón o más en efectivo en un banco, una cooperativa o un emisor no bancario de tarjetas de prepago tendrían que mostrar su cédula de identidad , si es que prospera la propuesta normativa que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) sometió a consulta pública durante cuatro semanas. La exigencia alcanzaría también a los depósitos en moneda extranjera por un monto equivalente, de acuerdo a un comunicado del regulador. Para fijar una regla común a las tres industrias, la CMF propone modificar el Capítulo 20-1 de la Recopilación Actualizada de Normas (RAN) para bancos, el Capítulo CAC-3 de las cooperativas de ahorro y crédito (CACs) y la Circular N°1 que rige a las empresas emisoras de tarjetas de pago no bancarias (ETNBs). Los extranjeros no residentes ni domiciliados en Chile deberán presentar su pasaporte , según el borrador de circular. El umbral de $1 millón, sin embargo, opera como un piso ya que la norma deja a cada entidad la libertad de pedir el mismo documento en depósitos de menor monto , de acuerdo con sus políticas internas. El depositante, por su parte, podrá consignar en el formulario o comprobante que actúa por cuenta de un tercero, mientras que la institución deberá registrar el número del documento exhibido. Los cambios entrarían en vigor el tercer mes después de su publicación. Lo que persigue la CMF, según explicó, es seguir con mayor precisión el rastro del dinero en efectivo, sobre todo cuando quien deposita no es el titular de la cuenta de destino, y dar más herramientas a las investigaciones y a los procesos judiciales. Al mismo tiempo, el organismo afirmó que busca resguardar “ el normal desarrollo de las transacciones habituales y legítimas que se realizan con efectivo ” en las entidades bajo su supervisión. La iniciativa da cumplimiento a la Acción N°60 del Plan de Acción 2023-2027 de la Estrategia Nacional contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, instancia que integra la CMF. Su diseño se coordinó con la Mesa Intersectorial (MILAFT) y descansa en un informe técnico que esa mesa elaboró con el Ministerio Público, documento que se incluyó entre los antecedentes de la consulta. La brecha que detectó la Fiscalía De acuerdo con el informe de la CMF, el Capítulo 20-1 ya exige a los bancos verificar la identidad de quienes realizan giros, cobran cheques o efectúan pagos en efectivo. Sin embargo, las operaciones de depósito “ destacan como la principal excepción a este control de identidad obligatorio ”. El requerimiento surgió del Ministerio Público . En su informe a la MILAFT, el ente persecutor planteó que el sistema financiero considera para estas operaciones “una serie de requisitos formales que, en lo medular, incluye formas de verificación de escasa fiabilidad, o bien, prescinden de la correcta identificación de la persona que ejecuta materialmente la transacción”. Según el documento, las papeletas de depósito tienen un espacio para el nombre del depositante, pero es común que se complete con nombres incompletos , siglas o incluso “ nombres de fantasía que no coinciden con la realidad ”, y no se exige exhibir un documento oficial. En juicio oral, agrega el informe, la sola anotación del nombre en la papeleta no se considera suficiente para acreditar la autoría de la transacción. El Ministerio Público citó tres casos judiciales de alta connotación pública: en dos hubo condena sobre la base de pruebas indirectas y en el otro la falta de identificación del depositante derivó en la absolución de los imputados. El umbral de $1 millón, según el informe, responde a que la experiencia investigativa de la Fiscalía muestra una reiteración de operaciones por sobre ese monto. Como antecedente, la CMF consigna que en 2024 la Unidad de Análisis Financiero (UAF) recibió 17.417 Reportes de Operaciones Sospechosas, mientras que cerca del 74% de los Reportes de Operaciones en Efectivo por montos superiores a US$ 10.000 se concentró en bancos.
Quienes depositen $1 millón o más en efectivo en un banco, una cooperativa o un emisor no bancario de tarjetas de prepag


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