El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia de dos años de cárcel a un hombre condenado por la Audiencia de Sevilla por un delito de tráfico de drogas al estimar que la cantidad intervenida por los agentes de la Policía Nacional "excede notablemente de las que cabe presumir destinadas al autoconsumo, tratándose además de unos tipos de sustancias que se encuentran muy limitados". El Alto Tribunal, en un auto dictado el pasado 15 de octubre, considera probados los hechos y desestima el recurso de apelación. En una sentencia fechada el 15 de septiembre de 2025, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial condenó a un hombre a dos años de prisión y multa de 40 euros, con diez días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, según consta en el auto facilitado por la Oficina de Comunicación del TSJA. En contexto, agentes de la Policía sorprendieron en Sevilla al conductor de un vehículo, cuando circulaba por la calle Camino de los Descubrimientos, en la Isla de la Cartuja, el 22 de noviembre de 2023, con varias sustancias tóxicas "dispuestas para su distribución a terceras personas". En este sentido, se intervinieron 0,9 gramos de 2C-B y 1,78 gramos de MDMA, así como 0,82 gramos de resina de cannabis --resultado todo ello de un peritaje posterior-- entre otros estupefacientes. Los magistrados consideran que la cantidad de droga incautada no estaba destinada a su autoconsumo, como esgrimía el apelante, que alegaba en su recurso que "no había sido visualizada ninguna operación de tráfico ni portaba instrumento alguno de medición para la individualización de las dosis, ni tampoco se le intervino cantidad de dinero alguna". El TSJA señala en su auto que, a tenor de la orientación jurisprudencial, "se puede presumir que la cantidad se ciñe al consumo durante tres o cinco días en función de la sustancia de que se trate, siendo que en el caso del MDMA, su previsión normalizada de consumo diario se halla en 480 miligramos (0,48gr), resulta impensable que aquellas cantidades a las que nos referimos (5,2 gramos) se destinara al propio consumo".

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia de dos años de cárcel a un hombre conden