SEÑOR DIRECTOR: Debilitar a un órgano autónomo no exige reformar la Constitución ni reducir su presupuesto: basta regular cómo lo ejecuta. En el proyecto de Ley de Presupuestos 2027, la Contraloría y la Fiscalía reciben más recursos, pero su uso queda sujeto a controles del Ejecutivo: visación de la Dipres para financiar equipos contra el crimen organizado, reportes mensuales y autorización de Hacienda para que la Contraloría reasigne fondos de fiscalización, incluida la del SII o Aduanas. Al Servel le alcanzan reglas similares. El fiscalizado autoriza al fiscalizador. McCubbins, Noll y Weingast mostraron que los procedimientos administrativos son instrumentos de control político: basta condicionar cómo y cuándo puede actuar una agencia, sin alterar su mandato. Los estudios sobre retroceso democrático señalan que los órganos de control rara vez se erosionan mediante reformas constitucionales, sino por vías menos visibles, como el presupuesto y las glosas. La autonomía formal permanece intacta, pero la efectiva se desplaza al Ejecutivo. Cada autorización previa introduce demoras y discrecionalidad externa en investigaciones que requieren oportunidad y reserva. Un organismo que necesita visto bueno tiende a ajustar sus prioridades a lo que espera que se apruebe. La confianza en su independencia se resiente si opera con permiso de quien debe controlar. Y el instrumento queda para futuros gobiernos. Esto no exime a los órganos autónomos de una rendición de cuentas exigente, posterior al gasto. Pero los controles previos son lo que el legislador quiso excluir al otorgarles autonomía. La Comisión Especial Mixta puede suprimirlos antes de que se normalicen. La autonomía rara vez se pierde de una vez: se erosiona glosa a glosa. Juan Pablo Araya Orellana Académico Esc. de Administración Pública UDP
SEÑOR DIRECTOR: Debilitar a un órgano autónomo no exige reformar la Constitución ni reducir su presupuesto: basta regula

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