El 13 de octubre de 2019, en Temuco, se produjo un hecho que terminaría marcando un precedente en materia de delitos sexuales. Esa vez, la joven Antonia Barra (21) se quitó la vida luego de haber sido agredida sexualmente días antes por Martín Pradenas , un sujeto en ese entonces de 28 años que luego fue sentenciado a cumplir una condena de 17 años por siete delitos sexuales. Según pudo establecer el Ministerio Público, la decisión de Barra tuvo directa relación con el abuso del que fue víctima el 18 de septiembre por Pradenas. Sin embargo, para ese entonces no existía ni en el Código Penal ni en alguna ley especial alguna norma que tipificara el suicidio producto de violencia de género. Fue así como un grupo transversal de diputados presentó un proyecto bautizado como “Justicia para Antonia” en que se proponía, entre varios puntos, que se castigara penalmente a quien cometa una agresión sexual que termine con el suicidio de la víctima. Con amplio apoyo, el 31 de agosto de 2022 el Congreso despachó la Ley 21.523 , conocida como Ley Antonia en conmemoración de la joven víctima de Temuco. Su cuerpo legal incluyó varias modificaciones, como la creación del artículo 390 sexies , que tipifica el suicido femicida, el 393 bis , que modifica las penas relativas a la inducción al suicidio, el 94 bis que amplía la prescripción de la acción penal para los delitos de abuso sexual cometidos contra mayores de 10 años y el 372 ter que regula la aplicación de medidas de protección para la víctima y su familia. Sin embargo, según quienes conocen de derecho penal, el delito presenta una complejidad que no es menor: la dificultad de establecer ante un tribunal que hay un nexo causal entre un hecho de violencia de género y el posterior suicidio de la víctima . De acuerdo a cifras del Ministerio Público, a casi cuatro años de una ley que entró en vigencia a fines de 2022, tres personas han sido condenadas por suicido femicida, tipificada en el artículo 390 sexies del Código Penal . Si bien la cifra podría parecer menor, desde la Fiscalía destacan que existan condenados en circunstancias que, sin la ley, se trataría de casos que terminaron sin responsables. Los casos Uno de los casos que terminó en condena por suicido femicida ocurrió justo el 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, de 2024. Ese día una mujer de 33 años se quitó la vida luego de caer desde un piso 10 de un edificio en la comuna de La Florida. Por ese entonces, el fiscal Ricardo Jara ya explicaba que había sospechas de que la decisión de la mujer tendría relación con su situación de pareja: “Efectivamente esta situación de maltrato era sostenida en el tiempo . La víctima en muchas ocasiones no denunciaba el hecho, pero se cuenta con algunos testimonios de vecinos que darían cuenta que efectivamente la situación de maltrato ya llevaba cierto tiempo ocurriendo”. La pareja de la víctima fue detenida al día siguiente, quedando en prisión preventiva. Los otros dos casos ocurrieron en 2023, uno en Copiapó y el otro en Caldera. El primero, donde se estableció que hubo violencia física en la relación, fue condenado a 5 años, mientras que en el segundo hubo una sentencia de 3 años. Los tres casos, donde siempre fueron hombres imputados y mujeres víctimas, tienen como denominador común que eran parejas de un promedio de edad de 40 años y que terminaron en procedimientos abreviados. De acuerdo a cifras del Ministerio Público, en 2023 ingresaron 25 denuncias por esta ley; en 2024 fueron otros 25 ingresos; en 2025, 26, y en lo que va de 2026 han sido 29 delitos . Eso sí, precisan desde el Ministerio Público, no todos esos ingresos corresponden a suicidio femicida debido a que la ley contempla también otras figuras penales. De la cifra de este año, 17 casos han sido con imputado conocido y 12 con imputado desconocido. Compleja investigación La abogada y profesora de derecho de la Universidad Católica, María Elena Santibáñez , dice que “ se trata de un delito difícil de acreditar y que ha sido objeto además de bastante debate doctrinario ”. “La dificultad principal tiene que ver con la imputación subjetiva del delito al autor, así la discusión principal se asocia a si el vínculo admite también hipótesis culposas en el autor. Pero algún vínculo de esa naturaleza debe ser probado”, agrega la experta en materia de delitos sexuales. Por su parte, la abogada Joanna Heskia señala: “La Ley Antonia, más allá de ese delito particular que es de difícil investigación, trajo aparejada una mucho mejor compresión del fenómeno de la violencia de género ”. “Las causas, los mecanismos de la violencia y también las consecuencias de la violencia de género, tanto personales como los impactos que produce el sistema de persecución penal. Entonces, en ese sentido, la Ley Antonia fue un avance porque ha permitido visibilizar este fenómeno que era desconocido e invisibilizado”, agrega la abogada penalista. Desde la Unidad de Género de la Fiscalía Nacional destacan que “el suicidio femicida es un delito complejo y representa una de las manifestaciones más extremas de violencia de género, por lo que su investigación y persecución resulta prioritaria para la Fiscalía ”. “Por ello valoramos que ya existan sentencias condenatorias por este delito, donde la justicia reconoce que la violencia previa ha sido determinante en la decisión de las víctimas”, agregan desde esa Unidad. La Unidad Especializada de Género de la Fiscalía Nacional confeccionó en 2023 un Manual para la investigación de muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio) . Allí se entregan una serie de sugerencias para fiscales y policías sobre cómo actuar en casos de violencia de género. Por ejemplo, se solicita a las policías realizar una reconstrucción detallada de los últimos días de vida de la víctima, especialmente de las últimas 24 horas de vida. Asimismo, revisar redes sociales de la víctima y cuáles fueron sus últimas comunicaciones.
El 13 de octubre de 2019, en Temuco, se produjo un hecho que terminaría marcando un precedente en materia de delitos sex



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