La Autoridad Salvadoreña del Agua (ASA) declaró Zona de Protección Acuífera al Cerro de Guazapa , una extensión de 256 kilómetros cuadrados —equivalentes a 25.600 hectáreas— compartida por los municipios de Cuscatlán Norte y San Salvador Norte, en los departamentos de Cuscatlán y San Salvador. La medida fue publicada el 12 de octubre de 2026 en el Diario Oficial (último ejemplar divulgado), mediante una declaratoria aprobada por la Junta Directiva de la ASA el 25 de septiembre. La disposición entró en vigencia el mismo día de su publicación y deberá ser considerada por todas las entidades del Estado en el ejercicio de sus atribuciones. El acuerdo busca proteger las funciones hidrogeológicas del Cerro de Guazapa , con énfasis en los procesos de captación, recarga y transferencia de agua. La declaratoria establece que la conservación del área debe contribuir al mantenimiento de las condiciones de cantidad y calidad de las aguas superficiales y subterráneas. “Esta medida abarca 256 km² (25,600 hectáreas) entre Cuscatlán Norte y San Salvador Norte, una zona clave con una recarga potencial de 117 MM m³/año que beneficia de forma directa a la cuenca del río Lempa”, destacó para celebrar la medida la alcaldía de San Salvador Norte . Un dictamen técnico identificó una recarga profunda y dos acuíferos someros La decisión se basa en un dictamen técnico sobre la identificación y delimitación de la zona de protección acuífera del Cerro de Guazapa. El análisis incluyó variables geocientíficas, hidrológicas, hidrogeológicas, climáticas, de riesgo de erosión, usos del suelo y cobertura vegetal. El estudio determinó la existencia de una zona de recarga vertical profunda, ubicada sobre el cerro, cuyas elevaciones oscilan entre 750 y 1.470 metros sobre el nivel del mar. También identificó dos acuíferos someros que reciben aportes de esa recarga profunda y de la escorrentía acumulada en las zonas bajas de las laderas. Según el documento, la zona boscosa del Cerro de Guazapa constituye el núcleo principal que debe preservarse . Las laderas, que alimentan lateralmente a los acuíferos, fueron definidas como espacios de amortiguamiento para proteger el sistema hídrico. La declaratoria advierte que en el territorio existen sectores relevantes para la captación, recarga y transferencia de agua, además de áreas con escorrentía superficial y vulnerabilidad ante procesos erosivos. Esas condiciones están vinculadas con el funcionamiento de los acuíferos y con los cuerpos de agua que drenan hacia la cuenca del río Lempa . La ASA podrá emitir lineamientos y restringir actividades que afecten el agua La ASA deberá coordinar con instituciones competentes y actores vinculados al territorio la elaboración de instrumentos de gestión para la zona protegida. Esos mecanismos incluirán el monitoreo de la cantidad y calidad de las aguas superficiales y subterráneas, así como de variables meteorológicas, hidrogeológicas y territoriales. El seguimiento deberá abarcar niveles y caudales, calidad del agua , recarga, cobertura vegetal y usos del suelo. La información servirá para identificar cambios o presiones sobre el sistema hídrico y orientar decisiones institucionales. La declaratoria también contempla medidas de protección y gestión territorial. Entre los aspectos que deberán evaluarse figuran las áreas de captación y recarga, la interacción entre acuíferos y aguas superficiales, la escorrentía, la erosión, la cobertura vegetal y las actividades que puedan modificar la disponibilidad o calidad del recurso. La ASA considerará, además, los usos y aprovechamientos de las aguas, los vertidos, el Dominio Público Hidráulico y los instrumentos de regulación aplicables. Tras las evaluaciones técnicas, la entidad podrá emitir lineamientos y adoptar medidas para restringir o controlar obras, proyectos o actividades que afecten negativamente las aguas superficiales o subterráneas. Durante el conflicto armado, entre 1980 y 1992, los combatientes guerrilleros instalaban radios ocultos en las copas de los árboles para comunicarse sin ser detectados .
La Autoridad Salvadoreña del Agua (ASA) declaró Zona de Protección Acuífera al Cerro de Guazapa , una extensión de 256 k





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