“Las ciudades son de quienes las habitan, no sólo de quienes pueden pagarlas”. Con esa aseveración, la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Clara Brugada, presentó formalmente la semana pasada la Ley de Arrendamiento Inquilinario y Rentas Justas, Razonables y Asequibles. De inmediato, y desde meses antes cuando se dio a conocer la iniciativa, no faltó quien se rasgara las vestiduras al grito de “¡Es un atentado contra la propiedad privada!”. Ante ello, la mandataria capitalina fue enfática al sostener que la propuesta no contempla congelar las rentas ni eliminar el derecho a la propiedad. Pero, como siempre, quien jura que la ‘4T’ busca arrebatar inmuebles a sus legítimos propietarios e ‘instaurar el comunismo’ difícilmente cambiará de parecer. ¿En qué consiste el proyecto de ley? Entre los principales aspectos destacan que la renta no podrá aumentar por encima de la inflación (algo que ya estaba en el Código Civil desde 2024, pero que requiere mecanismos adicionales para su cumplimiento), que los propietarios sólo podrán exigir una garantía para celebrar un contrato de arrendamiento (ya no 10 mil requisitos), que la duración mínima de éste será de un año y que todos los contratos deberán inscribirse en un padrón digital. Esto combatiría el mercado negro que, por cierto, ya existe. Además, se incluye la definición jurídica de gentrificación, como el “proceso de exclusión social en algunas zonas de la ciudad en que las personas residentes con menos recursos, así como los pequeños negocios con arraigo vecinal y comunitario, son expulsados por la llegada de habitantes con mayor capacidad económica y nuevas actividades comerciales, lo que profundiza las desigualdades territoriales y obstaculiza el goce del derecho a la ciudad”. El proyecto incluye medidas contra la discriminación, al prohibir que se restrinja o condicione el arrendamiento por origen étnico, orientación sexual o identidad de género, entre otras causas. Y algo muy comentado, no podrá negarse el alquiler a solicitantes con niños o mascotas, no más exclusión a quienes tengan hijos o perrhijos… o michis o lo que les dé la gana. Pero la nueva legislación contempla también la protección del casero, al establecer que el arrendador deberá responder por los perjuicios ocasionados al inmueble, y prohíbe alterar o modificar, sin autorización expresa, la estructura de la construcción o la de los servicios. Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones, además de contemplar multas, el proyecto crea una Defensoría de las Relaciones Inquilinarias, que ofrecerá asesoría y representación jurídica gratuita a arrendadores e inquilinos. Consciente de que se trata de una iniciativa controvertida para algunos, la propia Brugada pidió debatir ampliamente el tema y realizar un parlamento abierto. PAN, PRI y MC han anticipado su voto en contra por distintas razones. Los partidos opositores, así como quienes desde la sociedad civil reprueban la medida, advierten que los propietarios, al no poder aumentar la renta cada año por encima de la inflación, lo que harán será elevar de inicio la renta de manera considerable, así aunque no la puedan incrementar anualmente, parten ya de una tarifa alta para que les sea redituable. O bien, al ver que ya no les conviene, retirarán sus propiedades del mercado inmobiliario, lo cual, en los hechos –alegan–, limitará la oferta y encarecerá la vivienda. Otro punto que ha causado mucho escozor es que el dueño de la vivienda no podrá incrementar la renta (encima de la inflación) aunque cambie de inquilino. Es decir, no nada más estará impedido de ajustar libremente el monto de renta de su inmueble a su inquilino de años, sino tampoco a uno nuevo, lo cual –se quejan– es coartar la libertad de hacer tratos entre particulares. En efecto, la ley en discusión tiene puntos controvertidos. Toda norma es perfectible y seguramente habrá aspectos que deban modificarse, pero lo importante es la necesidad de hacer algo ante el creciente problema de la vivienda. Hay zonas donde es ridículo el alto precio del alquiler de una casa habitación, y mientras haya quien lo pague seguirá aumentando. El promedio de los montos rebasa el parámetro de asequibilidad de ONU-Hábitat, que establece que una familia no debería destinar más de 30% de sus ingresos a vivienda. Lo que no se puede es no hacer nada ante el fenómeno de la gentrificación y la crisis habitacional. No podemos esperar a tener una Maricarmen, la mujer de 87 años que fue desalojada de su casa en Madrid y que se convirtió en emblema de la lucha social por la vivienda, con protestas multitudinarias en Europa. De hecho –y a propósito del caso Maricarmen–, otro de los puntos destacados de la ley es que crea un “gabinete de acompañamiento social” para las familias que enfrenten un desalojo, para estar junto a los inquilinos durante la diligencia y canalizarlos a servicios sociales y alternativas habitacionales, y apoyar a personas vulnerables con el traslado o almacenamiento de sus bienes. Una cosa es respetar el libre mercado y la libre asociación entre particulares, y otra es cruzarse de brazos y dejar que el encarecimiento excesivo de la vivienda profundice las desigualdades y obligue a familias a abandonar sus colonias. Para eso es el Estado, para que intervenga cuando deba intervenir y que garantice los derechos humanos, en este caso el derecho a la vivienda, y sin que ello implique eliminar el derecho a la propiedad privada. Un tema espinoso pero urgente de atender.
Entre los principales aspectos destacan que la renta no podrá aumentar por encima de la inflación (algo que ya estaba en





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