San Marcos de Arica abre un nuevo frente judicial en medio de la denuncia presentada por la ANFP ante el Tribunal de Disciplina que remece la Primera B . La institución nortina elevó un recurso en la Corte Suprema para que revise la actuación del directorio que aprobó la acusación, apuntando a un eventual conflicto de interés de Andrés Alvarado , uno de sus integrantes. La acusación contra San Marcos apunta a la información entregada a la Unidad de Control Financiero : el club habría presentado declaraciones juradas cuyo contenido no correspondía con los antecedentes financieros que posteriormente entregó en sus memorias anuales y estados financieros auditados. La denuncia apunta a documentos presentados por los nortinos en octubre de 2024 y abril, julio y octubre de 2025. Ahora la defensa del equipo fronterizo interpuso un recurso de reposición en la Corte de Suprema contra la resolución del 9 de octubre de 2026, en la que la Corte de Apelaciones de Arica declaraba inadmisible una acción de protección presentada contra la ANFP. La presentación busca revertir esa determinación y permitir que el tribunal analice la legalidad del acuerdo adoptado por el directorio del organismo de Quilín. “La ausencia de una sanción definitiva no excluye, por sí sola, la tutela constitucional de una perturbación presente o de una amenaza suficientemente determinada”, sostiene el escrito al que tuvo acceso El Deportivo . El conflicto de interés que acusa San Marcos Uno de los fundamentos de la presentación apunta directamente a Andrés Alvarado , integrante del directorio de la ANFP, a quien San Marcos atribuye participación de propiedad en Deportes Santa Cruz. “El artículo 553 del Código Civil obliga a la corporación y a sus integrantes a respetar sus estatutos y somete el ejercicio disciplinario a un procedimiento racional y justo. Los artículos 548-2 y 557-3 refuerzan la relevancia de las reglas de integración y atribuciones de sus órganos y del registro fiel de sus 5 acuerdos. Estas disposiciones justifican examinar cómo se formó la voluntad institucional y requerir las actas respectivas. El recurso original invoca el artículo 27 de los Estatutos ANFP, que describe como una regla de comunicación del interés y abstención de voto, y el artículo 18.4 relativo a declaraciones de intereses. La infracción denunciada no consiste simplemente en que el director tenga relación con algún club: se atribuye a Andrés Alvarado participación societaria en Deportes Santa Cruz SADP, competidor de la misma división que intervino como coadyuvante de la pretensión sancionatoria, y participación con voto en el acuerdo dirigido contra San Marcos” , señala el documento. “No se afirma que un director de la denunciante sea, por ese solo hecho, juez del Tribunal de Disciplina, ni que ambas instancias deban confundirse. El Directorio conserva sus facultades de fiscalización y denuncia, pero debe ejercerlas conforme a las reglas que disciplinan su propia actuación. Tampoco se sostiene que el voto cuestionado haya sido aritméticamente decisivo: el libelo identifica cinco votos favorables y la regla de abstención puede requerir examen aun cuando los restantes votos permitan alcanzar mayoría. El efecto jurídico de la infracción alegada debe resolverse con conocimiento del acta, del quórum y de los estatutos”, añade. Para San Marcos de Arica , lo que corresponde revisar es la forma en que el directorio formula la acusación y no la veracidad de los antecedentes financieros discutidos. “Hay, por tanto, dos planos distintos: la formación y ejecución de la voluntad de la corporación denunciante, que es lo impugnado; y la decisión que eventualmente adopte su Tribunal de Disciplina”, argumenta. En otro documento, se informa como el directorio decidió denunciar a San Marcos por información falsa o adulterada con votos favorables de Pablo Milad, Jorge Aguilar, Andrés Alvarado, Mauricio Moreno y Alberto Núñez. Jorge Yunge se inhabilitó. Qué pide San Marcos Además de solicitar que se declare admisible el recurso de protección, San Marcos reitera una solicitud de orden de no innovar. “ Pido suspender los efectos del acuerdo de fecha 1 de septiembre de 2026 y la tramitación de la denuncia que lo ejecuta, exclusivamente respecto de esa presentación, por el lapso que S.S. Iltma. determine, mientras se examina la regularidad de la decisión institucional”, indica. “Como medida de menor intensidad, solicito disponer que las recurridas se abstengan de ejecutar una eventual sanción de descenso o desafiliación derivada de esa denuncia mientras se resuelve esta protección, manteniendo entretanto la afiliación y participación del Club. La apariencia de buen derecho se vincula al deber estatutario de abstención alegado; el peligro en la demora, a los efectos deportivos y asociativos de una exclusión cuya reversión posterior podría resultar insuficiente. La adopción y extensión de la medida deberán ponderarse con los antecedentes disponibles y la situación procesal actual”, agrega. El escenario de la Primera B Durante el último fin de semana, las denuncias contra San Marcos y Deportes Santa Cruz remecieron la Liga de Ascenso. En el caso de los sureños, fueron denunciados por Rangers, Curicó Unido, Unión San Felipe y Deportes Santa Cruz, por un presunto incumplimiento financiero relacionado con el jugador Kevin Flores. Las dos acusaciones tienen como eventual determinación la desafiliación. Por ende, el descenso. Si hay sanciones, cambia la tabla de posiciones. El desafiliado quedará en el último puesto y así el que ocupa el fondo de la tabla se salvaría. En la parte alta, los escenarios favorecen a Cobreloa ante eventuales cambios en la tabla, que pasaría a liderar la Primera B.
San Marcos de Arica abre un nuevo frente judicial en medio de la denuncia presentada por la ANFP ante el Tribunal de Dis

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